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NORMAS DEL CLUB

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NORMATIVA de
FUNCIONAMIENTO INTERIOR
SOBRE LA ENTRADA AL CLUB
DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA.

RATIFICACION DE LA ASAMBLEA DE LA SOCIEDAD DEPORTIVA TENIS CLUB
DEL 12 DE MAYO DE 2005

 

MODIFICACION DE NORMAVITA DE CONTROL DE ENTRADA A ZONA PRIVADA
RATIFICACION DE LA ASAMBLEA DE LA SOCIEDAD DEPORTIVA TENIS CLUB
DEL 28 DE JUNIO DE 2012

 

1.-    SOBRE LA ENTRADA:

La Zona Privada del Club se compone de: Bar-restaurante, Patio central (comedor), y los Salones-Comedores de Planta Baja.

La Zona de Invitados del Club se compone de: Bodeguita y Salones-Comedores de Planta Alta.

La Zona Mixta del Club se compone de: Zona de Piscina y Jardín trasero. En el Jardín se instala la terraza del bar-restaurante. Esta zona se podrá compartir delimitando el mismo, cuando sea necesario hacerlo, en dos áreas diferentes (desde el centro del mismo en donde se encuentra el pozo):

  1. La parte de invitados: para los invitados de socios que hagan alguna celebración en la bodeguita y necesiten también ocupar parte del jardín.

 

  1. La parte exclusiva de socios: para los socios exclusivamente. Es la zona de terraza del bar-restaurante, la cual no podrá ocuparse por ninguna celebración. (Físicamente coincide con la zona de la barra del jardín; está delimitada desde el centro del jardín en donde se encuentra el pozo hasta la zona de muralla).

 

1.-A) ENTRADA AL BAR-RESTAURANTE y COMEDORES.-

           
Los lunes estará cerrado por descanso del personal.

De Martes a Viernes a mediodía:
 

  1. Se tendrá flexibilidad en la puerta, (pensando en el beneficio del proveedor-restaurador), permitiéndose el acceso de “no socios” tanto de la ciudad como de fuera, a la zona privada (al bar, a la bodeguita, al patio central  o a los Salones-Comedores), donde el restaurador podrá servir, además de a los socios, a cualquier órgano oficial de la ciudad, (Ayuntamiento, Academias, Asociaciones, Hermandades, etc), siempre que sean aperitivos, buffets y almuerzos de hasta 15 comensales (y no fiestas juveniles, cumpleaños y celebraciones ordinarias mayores), abonando una colaboración especial para cubrir gastos y cuya cantidad está establecida en el punto 2 de estas normas. Todo ello sujeto a las normas sobre celebraciones descritas en el Anexo III.

 

  1. Se podrá utilizar los salones de la Planta Alta o la Bodeguita para grupos de más de 15 personas (turistas, empresas, etc.), previamente concertados y con el conocimiento de la Directiva o de la Administración del Club, abonando una colaboración especial para cubrir gastos y cuya cantidad está establecida en el punto 2 de estas normas. Todo ello sujeto a las normas sobre celebraciones descritas en el Anexo III.

 

De Viernes (tarde-noche) a Domingo (noche) y los días de fiesta:

 

  1. habrá control en la puerta, para respetar el derecho, con carácter exclusivo, de los socios a disfrutar de unas instalaciones que sostienen con sus cuotas.
  1. La regla a seguir es que el control de la puerta obligue a que alguna persona residente en esta Ciudad, interesada en usar nuestras instalaciones, se haga socio; y que ningún socio se dé de baja por ser excesivamente permisivo en la entrada durante estos días.

 

  1. Se deja establecido el permitir la entrada a “no socios” si van acompañados de un socio. Si no es así, (y pensando en el beneficio del proveedor-restaurador), sólo podrán acceder a los Salones de la planta alta, siempre y cuando asistan a una celebración ya prevista y aprobada por la Directiva, abonando una colaboración especial para cubrir gastos y cuya cantidad está establecida en el punto 2 de estas normas. Todo ello sujeto a las normas sobre celebraciones descritas en el Anexo III.

 

EXCEPCIONALMENTE, previa solicitud de uno o varios socios en conjunto, se permitirá el acceso de “Invitados - No Socios” para la celebración de:

  1. Fiestas juveniles, 
  2. Puestas de Largo,
  3. Cenas de gala,
  4. Confirmaciones religiosas,
  5. etc.

Para tales casos, se atenderá a la normativa aprobada para dichos actos. El acceso de “invitados - no socios” a los Salones de Planta Alta:  se hará por la escalera principal, y a la Bodeguita: se hará por la zona de piscina;
No pudiendo éstos acceder en ningún caso a la zona privada.

 

1.-B) ENTRADA AL JARDÍN Y BODEGUITA.-

De Martes a Viernes se pueden celebrar cumpleaños de Socios en estas dos instalaciones. Excepcionalmente para este tipo de celebración, se tendrá flexibilidad en la puerta, permitiéndose la entrada de “No Socios” de la localidad, siendo estos, en su mayoría, menores de 10 años acompañados de sus padres y/o cuidadores, invitados particulares del socio que celebra el cumpleaños. En todo caso el acceso a dichas instalaciones se hará por la parte trasera del Club (entrada de la piscina).
En temporada de verano no se podrán celebrar cumpleaños en horario de piscina. Si se hiciera después del cierre de la misma, no se podrán utilizar dichas instalaciones, es decir, no se podrá hacer uso de las mismas para bañarse.

1.-C) AL ALMACÉN Y COCINA.-

            El acceso al almacén y a la cocina de los proveedores de materias primas para el abastecimiento del restaurante, así como de los representantes de marcas comerciales que mantengan alguna relación comercial con el restaurador, accederán a dichas instalaciones por la parte trasera del Club (entrada de la piscina). No se permitirá el acceso de carros de mercancías por la entrada principal del Patio Central para llegar al bar o a la cocina.

         En temporada de verano, el acceso de proveedores se hará por la piscina antes de su apertura (12:00 h.). Una vez abierta se accederá a través del patio central.

 

 

MODIFICACIÓN
de la
NORMATIVA DE ACCESO
A ZONA PRIVADA

Acuerdos tomados en la Junta General Ordinaria, celebrada el día 28 de junio 2012

 

A partir del día 1 de octubre de 2012 se establece en el club el servicio de Control de Acceso mediante personal contratado y con dedicación en exclusiva a este trabajo, el cual se desarrollará como complemento, y en conjunto, con el servicio automático de identificación por huella digital, bajo las siguientes premisas:

 

  1. El acceso a la zona de patio, bar-restaurante y comedores privados (zona privada) será riguroso de viernes a domingo, siendo flexible de martes a viernes, para ofrecer una ventaja al restaurador.
  1. El acceso a la zona privada será  exclusivo para socios de número en fines de semana y épocas señaladas y festivas: semana santa, feria, navidad y fiestas nacionales, locales u organizadas por el club.

 

  1. En todos los casos, el control de acceso de no socios se efectuará por el servicio de control, con  invitaciones. El control con invitación será absolutamente rígido. Los invitados deben estar acompañados obligatoriamente del socio titular que los invita durante toda su estancia en el club. El socio se responsabiliza del comportamiento de su invitado.
  1. Los invitados no socios que sean residentes en Écija, abonarán una entrada de 3’00 € por persona. Los de fuera de Écija, no tendrán que abonar nada. Se solicitará el D.N.I. a todos los no socios para verificar su residencia y en el caso de que no lo presente, estarán obligados, ineludiblemente, al pago de la entrada.

 

  • Los hijos de socios, menores de 18 años no podrán traer invitados. Los invitados de hijos de socios mayores de 18 años, estarán obligados al pago de la entrada, en todos los casos.
  • Los antiguos socios, que se han dado de baja del club y acudan como invitados estarán obligados al pago de una entrada de 10€, en todos los casos.

 

NORMATIVA sobre RECREOS y
CELEBRACIONES EN EL CLUB

RATIFICACION DE LA ASAMBLEA DE LA SOCIEDAD DEPORTIVA TENIS CLUB
DEL 12 DE MAYO DE 2005

 

DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA.

2.- SOBRE LAS CELEBRACIONES.­ 

2.-A) CON CARÁCTER GENERAL

                   El club pone (a través del restaurador/catering) a disposición de sus socios e invitados las instalaciones que tiene adecuadas para poder realizar en ellas celebraciones (menores y mayores), cediendo el uso en exclusividad, de las mismas durante la celebración.

                   Las Celebraciones dentro de algunas instalaciones del Club suponen un gasto adicional de energía eléctrica, de limpieza y logística en otros casos. El Club debe compensar esos gastos mediante una colaboración económica y simbólica especial que debe abonar cualquier celebrante.

                   EL Club cede sus instalaciones para los siguientes tipos de celebraciones:

      • Celebraciones Mayores:
        • Bodas
        • Bautizos
        • Comuniones
        • Celebraciones propias del Club

 

      • Celebraciones Menores:
        • Homenajes
        • Comidas familiares
        • Comidas de trabajo
        • Comidas de Turistas
        • Cumpleaños(2) infantiles
      • Celebraciones Propias del Club:
        • Homenajes
        • Almuerzos / Cenas para socios: Día enamorados, Carnaval, Día de San José, Jueves y Viernes Santo, Cruz de Mayo, Apertura Temporada de Verano, Virgen del Pilar, Día de todos los Santos.
        • Pescaito (miércoles de feria)
        • Cena de Feria (jueves de feria)
        • Reunión Juventud (25 de diciembre)
        • Reunión de los años 80  (diciembre)
        • Cena-Cotillón Fin de año
        • Fiesta infantil de reyes (enero)

 

Para las celebraciones se han de cumplir sin excepción las siguientes premisas:

  • Cualquier socio puede solicitar una celebración para sí mismo y sus invitados-familiares-socios o para invitados-no socios. Se garantizará la preferencia que tienen los Socios del Club (que lo sostienen a través de sus cuotas) sobre los “invitados-no socios”. 

 

  • Los socios deben reservar la celebración, al menos, con 45 días de antelación sobre la fecha de la celebración. A los socios se les confirmará la fecha de celebración el mismo día de su solicitud, siempre y cuando:
      • No coincida con otra celebración solicitada y/o confirmada.

 

      • Si la misma se presenta para una fecha ya solicitada para invitados no-socios y se encuentra dentro del plazo de los primeros 45 días establecidos para éstos.
  • Las celebraciones para los “invitados-No Socios”, se deben solicitar, al menos, con 3 meses de antelación. A éstos se les confirmará o denegará la solicitud 45 días antes de la fecha de la celebración. 

 

  • Todas las solicitudes de celebraciones para socios con menos de 2 años de antigüedad tendrán tratamiento de celebración para “Invitados-no socios”, y se le devolverá la diferencia del coste de celebración para socio, mediante reducciones en las cuotas mensuales de socio, durante el período de 2 años.
  • Todas las reservas se han de concertar en la oficina previamente, y una vez autorizadas, se concretarán con el proveedor posteriormente.
  • El uso de cualquier instalación debe solicitarse con antelación suficiente en la Secretaría del Club mediante SOLICITUD (escrita o por correo electrónico) dirigido al Sr. Presidente.
  • Aquellas solicitudes que haga un socio para “invitados-no socios” de hasta 2º grado de parentesco, tendrán el tratamiento de solicitudes para socios.

1º grado de parentesco:   Padre (socio) — Hijo  (no socio)
2º grado de parentesco: Abuelo (socio) — Nieto (no socio)

Aquellas solicitudes que haga un socio para “invitados-no socios” con cualquier otro parentesco o sin él, tendrán el tratamiento de solicitudes para no-socios.

  • Durante los días de Semana Santa, de Feria y de Navidad, no se admitirán celebraciones, salvo las autorizadas o programadas por la Junta Directiva.

 

Excepcionalmente, durante los días de Navidad se admitirán de lunes a viernes celebraciones para “invitados-No Socios” sólo en la planta alta o en la bodeguita y siempre que no coincidan en lugar y hora con otras ya programadas de Socios u organizadas por el Club.

  • En el caso que la Junta Directiva estime oportuno, el solicitante deberá firmar y comprometerse a cumplir unas normas excepcionales que se establezcan para una celebración concreta.
  • Si no se solicita previamente en la secretaría del Club, (oficina),  no se podrá celebrar ningún acto, taxativamente.
  • Las celebraciones acordadas unilateralmente con el proveedor, no serán autorizadas. El proveedor-restaurador debe indicar al celebrante la obligación de realizar la solicitud en la oficina del Club.
  • En la planta alta se utilizarán los servicios. Lo mismo en el jardín, individualizando los servicios de la piscina.
  • No se podrá poner música en las celebraciones solicitadas en ninguna dependencia, salvo en la Bodeguita (si las circunstancias del momento lo permiten y/o lo autoriza la Junta Directiva y/o previa autorización municipal).

 

2.-B) REQUISITOS NECESARIOS PARA PODER HACER UNA CELEBRACIÓN EN LAS DEPENDENCIAS DEL CLUB

PARA SOCIOS
a) Todas las celebraciones han de solicitarse en Secretaría (oficina). La Petición de uso de las instalaciones se hará por escrito, (bien por carta o por correo electrónico).

b) Si un socio solicita una celebración para una fecha que ya está solicitada, se procede de la siguiente manera:

  • Si la fecha ha sido solicitada por otro socio, el primero tiene preferencia sobre el segundo y elige la instalación que prefiera utilizar. La instalación que queda libre será ocupada por el segundo socio.
  • Si  la fecha ha sido solicitada para un “invitado no socio” y aún no han pasado 45 días desde la solicitud, el socio tiene preferencia y se le adjudica la fecha.


PARA  INVITADOS - NO SOCIOS.
 a) La Petición de uso de las instalaciones se hará en secretaría, a través de un socio, y por escrito, (bien por carta o por correo electrónico).

 b) Sólo se puede confirmar la celebración para un “invitado - no socio” transcurridos 45 días desde la fecha de solicitud y si ningún socio solicita, en ese período de tiempo, la misma fecha (para dar preferencia a un socio en caso de coincidencia de fecha).

2.-C) COMPENSACION ECONÓMICA POR CESIÓN DE INTALACIONES PARA CELEBRACIONES

Las Celebraciones dentro de algunas instalaciones del Club, suponen un gasto adicional de energía eléctrica, de limpieza y logística en otros casos.

El Club debe compensar el coste de esos gastos mediante una colaboración económica especial que debe abonar cualquier celebrante.

  • La colaboración económica de las celebraciones para Socios se abonarán por recibo domiciliado en su cuenta bancaria que se emitirá desde la Secretaría del Club, una vez realizada la celebración.
  • La colaboración económica por uso de instalaciones privadas de las celebraciones para “Invitados – No Socios” se abonarán en cualquier caso1 aportando en efectivo, junto con la reserva de la celebración, el 30% del coste estipulado de la misma, y el resto se podrá aportar en secretaría hasta el último día hábil previo a la celebración.  Será necesario haber aportado previamente el 100% para poder llevar a cabo la celebración.
  • Recuérdese que los “no socios” sólo pueden utilizar para celebraciones los Salones de la Planta Alta o Corredores de la Galería y la bodeguita
  • Las compensaciones económicas para los SOCIOS por Celebraciones Ordinarias (propias o hasta 2º grado de parentesco) son las siguientes:
      • Por Celebraciones Mayores:
        • Bodas.......
  • Salones y/o Bodeguita y/o Corredores................. 180,00 €
  • Jardín – Área de invitados................................... 25,00 €
        • Bautizos y  Comuniones          
  • Salones y/o Bodeguita......................................... 2,00 € / Persona
  • Corredores ....................................................... 2,00 € / Persona
  • Solo Salones/Solo Bodeguita/Solo Corredores........... 1,50 € / Persona
  • Jardín – Área de invitados....................................25,00 €

 

      • Por Celebraciones Menores:
        • Comidas: familiares, de trabajo, Homenajes, etc.   
  • Salones o Jardín(2) – Hasta 50 personas.............. 25,00 €
  • Salones o Jardín(2) – A partir de 50 personas........ 50,00 €
  • Bodeguita........................................................ 25,00 €

 

        • Cumpleaños infantiles
  • Bodeguita.......................................................... 12,00 €
  • Jardín – Área de invitados..................................... 12,00 €
  •  Jardín Trasero – Área de Invitados.
  • Las compensaciones económicas para los SOCIOS por Celebraciones Extraordinarias (Fiestas de ámbito restringido (3) ) son las siguientes:

 

        • La cuota especial para estas fiestas se fijará por la Junta Directiva y estará sujeta a la Ordenanza de Fiestas Juveniles del Club.
  • Se  entiende por FIESTA DE AMBITO RESTRINGIDO a  aquella celebración  organizada por  uno, (o varios socios jóvenes en  conjunto) cuyo acceso está  restringido a los  invitados de los  socios organizadores de la  misma, no participando el Club en  dicha organización y actuando tan solo  como cedente de  las instalaciones.  Esta  celebración es cualquiera distinta de un  cumpleaños infantil (hasta 10  años), un Bautizo,  una 1ª Comunión, una Boda, un Almuerzo/Cena  Familiar o cualquier  celebración organizada propiamente  por el Club, que  ya están regulados  por otras normas. 
  • Las compensaciones económicas para los <<INVITADOS – NO SOCIOS>> por Celebraciones Ordinarias son las siguientes:
      • Por Celebraciones Mayores:

 

        • Bodas.......
  • Salones y/o Bodeguita y/o Jardín(4)........................ 1000,00 €
        • Bautizos y  Comuniones
  • Salones y Bodeguita.................................................... 4,00 € / Perso
  • Corredores................................................................. 4,00 € / Perso
  • Solo Salones / Solo Bodeguita / Solo Corredores).............. 3,00 € / Perso

 

      • Por Celebraciones Menores:

 

        • Comidas: familiares, de trabajo, Homenajes, Turistas, etc.    .
  • Salones / Corredores – Hasta 50 personas.................... 50,00 €
  • Salones / Corredores – A partir de 50 personas)........... 100,00 €
  • Bodeguita............................................................... 50,00 €
  • Jardín – Área de invitados.......................................... 50,00 €
        • Cumpleaños infantiles  
  • no permitidos
  •  Jardín Trasero – Área de Invitados.
  • Las compensaciones económicas para los <<INVITADOS – NO SOCIOS>> por Celebraciones Extraordinarias (Fiestas de ámbito restringido (5) ) son las siguientes:
        • Las Fiestas Juveniles de ámbito restringido están prohibidas a los “invitados – no Socios”.

 

  • Se  entiende por FIESTA DE AMBITO RESTRINGIDO a  aquella celebración  organizada por  uno, (o varios socios jóvenes en  conjunto) cuyo acceso está  restringido a los  invitados de los  socios organizadores de la  misma, no participando el Club en  dicha organización y actuando tan solo  como cedente de  las instalaciones.  Esta  celebración es cualquiera distinta de un  cumpleaños infantil (hasta 10  años), un Bautizo,  una 1ª Comunión, una Boda, un Almuerzo/Cena  Familiar o cualquier  celebración organizada propiamente  por el Club, que  ya están regulados  por otras normas.

2.-D) EXCEPCIONES
A) Celebraciones en los CORREDORES Y SALONES DE LA PLANTA ALTA.

  • No podrá usarse esta zona para celebraciones si se está llevando a cabo alguna exposición artística o acto cultural (programado por el Club o por alguna institución/particular en colaboración con el Club).

            B) Celebraciones en los CORREDORES DE LA PLANTA ALTA

  • No podrá usarse esta zona para celebraciones los sábados, domingos y festivos si están libres los Salones o la Bodeguita

       C) Celebraciones en LA BODEGUITA.

  • La bodeguita es el único lugar adecuado para poner música, (siempre con autorización de la Junta Directiva y/o municipal en caso necesario). Límite horario: 00:00 Horas.
  • La bodeguita es el único sitio, (junto al jardín) para celebrar cumpleaños infantiles. Los cumpleaños sólo se celebrarán de Martes a Jueves. No se pueden celebrar en fines de semana o en días festivos.
  • Además podrá utilizarse la bodeguita como lugar de barra libre (con música previa autorización) para las celebraciones mayores de la planta alta.

 

D) Celebraciones en EL JARDÍN.

 

DE FORMA GENERAL SE TENDRÁ EN CUENTA:

 

  • El Jardín se limpiará y estará adecentado y disponible con todo su equipamiento, para las celebraciones que hayan previstas, a partir del día 15 de Abril. No antes. Se mantendrá adecentado para celebraciones hasta el 30 de Septiembre.
  • Si un celebrante (Socio o “Invitado – No Socio” ), solicita el adecentamiento del jardín en fechas anteriores al 15 de Abril, o posteriores al 30 de septiembre, y previa autorización de la Junta Directiva, correrá a su cargo dicho adecentamiento (tanto materiales, personal y gastos que conlleve).
  • Independientemente de la fecha que sea, si un celebrante (Socio o “Invitado – No Socio”) desea instalar algún elemento decorativo o funcional distinto a los que generalmente decoran el jardín, dicha instalación, previa autorización de la Junta Directiva, correrá a cargo del celebrante (tanto materiales, personal y gastos que conlleve).
  • En temporada de verano ninguna celebración debe coincidir con el horario de piscina.
  • En temporada de verano, aunque el acceso a Jardín o Bodeguita para alguna celebración se lleve a efecto por la zona de piscina, ésta no podrá utilizarse por los celebrantes bajo ningún concepto.
  • El Club se reserva el derecho de restringir o no el acceso por la zona de piscina hacia el jardín y/o bodeguita, así como el uso de los mismos cuando se esté llevando a cabo una celebración en dichos lugares.

 

E) Celebraciones en LA SALA JUVENIL del patio de entrada.

  • Con carácter general, está prohibido cualquier tipo de celebración en esta Sala.
  • Excepcionalmente y bajo autorización se permitirá el uso de la misma para la colocación de karaokes, consolas de videojuegos o actividades programadas con monitores de cumpleaños y comuniones.

 

F) Celebraciones en EL SALÓN DE ACTOS.

 

De forma General las Celebraciones en el Salón de Actos consistirán siempre en Actos Culturales y/o Audiovisuales y nunca se usará esta sala para fiestas de ningún tipo.

  • Su uso debe solicitarse con antelación suficiente en la Secretaría del club mediante escrito dirigido al Sr. Presidente.
  • Si no se solicita previamente no se podrá celebrar ningún acto, taxativamente.
  • El uso del Salón de Actos no implica la utilización forzosa del sistema multimedia que dispone el mismo. Dicho sistema (audio y video) se facilitará previa petición expresa del celebrante del acto.

 

 

  •   COLABORACIÓN ECONÓMICA POR EL USO DEL SALÓN DE ACTOS:
  • Para los SOCIOS
        • Salón de Actos ......................................................... 20,00 €

 

  • Para los INVITADOS – NO SOCIOS:
        • Exclusivo para:

la Asociación de Amigos de Écija.............................. 50,00 €
la Academia Luis Vélez de Guevara........................... 50,00 €

        • Para el resto: instituciones, empresas, etc.,............. 100,00 €

 

Esta colaboración económica es Independiente de si se utiliza o no cualquier sistema multimedia, propio o ajeno al Club.

 

 

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